Cesantías vs CDT: Comparativa de rendimiento y retorno 2025
Actualizado: 27 de abril de 2026
¿Qué diferencia hay entre cesantías y CDT?
Las cesantías son un ahorro obligatorio que tu empleador deposita en tu cuenta cada mes (8.33% de tu salario base), protegido por ley y con rendimiento garantizado. El CDT (Certificado de Depósito a Término) es una inversión voluntaria que haces tú directamente en un banco por un plazo fijo, donde el banco te paga una tasa de interés acordada al vencimiento. La diferencia clave está en el control: con cesantías, el dinero es tuyo pero el empleador lo administra; con CDT, tú eres dueño y controlas la inversión desde el primer día. Según el Banco de la República, en 2025 las cesantías generan rendimiento basado en la DTF* más un spread*, mientras que los CDT ofrecen tasas fijas* negociables según el plazo que elijas (30 días a 5 años). Ambos tienen protección de FOGAFÍN hasta 50 millones de pesos, pero el nivel de liquidez y flexibilidad es muy diferente.
¿Quién administra el dinero?
En cesantías, tu empleador está obligado a depositar el 8.33% mensual en un fondo de cesantías (Protección, Caja de Compensación, o similar). Tú no decides dónde va; el fondo lo invierte según su reglamento. En CDT, tú abres la cuenta en el banco, depositas tu dinero voluntariamente y el banco lo invierte durante el plazo que pactaste. Tienes control total desde el inicio.
Comparativa: Rendimiento, seguridad y liquidez
El rendimiento de cesantías en 2025 está ligado a la DTF (que el Banco de la República mantiene alrededor del 10.83%* mensual) más un margen que varía según el fondo, generalmente entre 0% y 1.2%*. Recibes intereses cada mes, aunque no puedas tocar el dinero hasta cumplir condiciones específicas (retiro por desempleo, compra de vivienda, licencia sin remuneración). Los CDT ofrecen tasas fijas* que en 2025 oscilan entre 9.5% y 11.5%* anual, dependiendo del plazo y el banco. Con CDT tienes más flexibilidad: si necesitas dinero antes del vencimiento, puedes traspasar o vender el certificado, aunque generalmente con descuento. Las cesantías tienen máxima seguridad (respaldadas por ley y FOGAFÍN hasta 50M COP), mientras que los CDT también tienen protección FOGAFÍN pero dependen de la solidez del banco emisor. Ambos son productos de bajo riesgo para un perfil conservador.
¿Cuándo puedo sacar la plata?
Cesantías: solo en casos especiales (desempleo, compra de vivienda, viudedad, pensión). CDT: en cualquier momento (aunque antes del vencimiento puede haber descuentos). Para ahorro accesible, CDT es más flexible; para ahorro protegido a largo plazo, cesantías es obligatorio y seguro.
Impuestos y comisiones
Cesantías: pagan retención en la fuente del 8% sobre los intereses cuando las retiras (excepto por compra de vivienda o pensión). CDT: retención del 4% sobre intereses para personas naturales, pero varía según tu declaración de renta. Comisiones: cesantías cobran entre 0.5% y 1.2%* anual al fondo; CDT generalmente no cobran comisión, solo el spread del banco entre tasa pasiva y activa.
¿Cuál te conviene según tu situación?
Elige cesantías si: eres empleado formal (es obligatorio), buscas ahorro garantizado a largo plazo, confías en que no necesitarás el dinero antes del retiro, y quieres una inversión protegida por ley sin que hagas nada. El rendimiento es predecible y automático cada mes. Elige CDT si: eres independiente o tienes dinero extra que quieres invertir voluntariamente, necesitas acceso flexible a tu plata (sin estar totalmente bloqueado), buscas comparar tasas* entre bancos y quieres un poco más de control sobre tu inversión. Un perfil conservador/moderado puede combinar ambos: cesantías como ahorro obligatorio e indisponible, CDT como colchón financiero accesible. Según datos del Banco de la República a febrero 2025, el rendimiento promedio de cesantías superaba ligeramente el de CDT de corto plazo, pero CDT largos (2-5 años) ofrecían mayor estabilidad de tasa.
Empleados formales
Las cesantías son tu opción base; toda la plata del empleador va ahí. Complementa con CDT si tienes ahorros personales y quieres diversificar.
Independientes o informales
No tienes cesantías obligatorias. Los CDT son tu mejor opción para ahorrar de forma segura y con rendimiento predecible.
Regulación y seguridad en 2025
Ambos productos están bajo vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). Las cesantías están respaldadas por la Ley 50 de 1990 y administradas por fondos de cesantías autorizados por SFC (Protección, Caja de Compensación, etc.). Los CDT son ofrecidos por bancos vigilados por SFC y protegidos por FOGAFÍN (Fondo de Garantía de Depósitos) hasta 50 millones de pesos por depositante y por entidad. Si un banco quiebra, tu CDT está asegurado hasta ese límite. Las cesantías también tienen protección FOGAFÍN bajo los mismos términos. En 2025, el SFC ha fortalecido los requisitos de capital y liquidez de los bancos, lo que aumenta la seguridad de ambos productos. Para verificar que tu banco o fondo está autorizado, consulta el registro en superfinanciera.gov.co. Ambos tienen regulación fuerte en Colombia; el riesgo es mínimo si inviertes en entidades formales.
¿Está protegido mi dinero?
Sí, hasta 50 millones COP por producto en cada entidad. Si tu empleador usa un fondo de cesantías autorizado, tu dinero está protegido por ley. Si haces CDT en banco vigilado, FOGAFÍN te cubre hasta 50M en ese banco.
| Característica | Cesantías | CDT |
|---|---|---|
| Rendimiento anual | DTF + 0-1.2%* | 9.5% - 11.5%* |
| ¿Es obligatorio? | Sí, empleados formales | No, voluntario |
| Comisiones | 0.5% - 1.2%* del fondo | 0% comisión, spread del banco |
| Retención en la fuente | 8% sobre intereses | 4% sobre intereses |
| Liquidez | Limitada (desempleo, vivienda, etc.) | Alta (acceso flexible o al vencimiento) |
| Plazo | Indefinido hasta jubilación | 30 días a 5 años |
| Seguridad / Protección | Ley + FOGAFÍN hasta 50M COP | FOGAFÍN hasta 50M COP |
| Regulador | SFC + Ministerio del Trabajo | SFC (banco emisor) |
| Perfil adecuado | Conservador / largo plazo | Conservador - moderado / flexible |
| ¿Puedo retirar antes? | No (casos excepcionales) | Sí (posible descuento) |
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es mejor para ahorrar: cesantías o CDT?
- No es «mejor o peor», es diferente propósito. Cesantías es ahorro obligatorio y bloqueado que crece automáticamente cada mes; CDT es ahorro voluntario que tú controlas. Si eres empleado, las cesantías son obligatorias. Si quieres ahorro flexible con buen rendimiento, CDT. Muchos colombianos tienen ambos: cesantías como fondo de jubilación y CDT como colchón de emergencia.
- ¿Cuál tiene mejor rendimiento en 2025?
- En 2025, cesantías (DTF + margen) ronda 10.83%* mensual, que es aproximadamente 140%* anual en tasa de interés compuesta; CDT oscila entre 9.5% y 11.5%* anual según plazo. Cesantías gana en volumen de dinero acumulado (porque se suma mensualmente), pero CDT puede ofrecer tasa fija mayor en plazos largos. Depende del banco y fondo que elijas.
- ¿Qué comisiones cobra cada uno?
- Cesantías: 0.5% a 1.2%* al año sobre tu saldo (lo cobra el fondo directamente). CDT: no cobra comisión de apertura ni custodia, pero el banco tiene un spread (diferencia entre lo que te paga y lo que gana). Ambos pagan retención en la fuente: cesantías 8%, CDT 4%. Siempre verifica con tu empleador o banco antes de decidir.
- ¿Está protegido mi dinero en cesantías y CDT?
- Sí, completamente. Cesantías están protegidas por ley (Ley 50/1990) y respaldadas por FOGAFÍN hasta 50 millones COP. CDT también están cubiertos por FOGAFÍN hasta 50 millones COP si el banco está autorizado por SFC. Verifica en superfinanciera.gov.co que tu fondo o banco esté registrado.
- ¿Puedo sacar la plata antes de tiempo?
- Cesantías: No (solo en casos excepcionales: desempleo, compra de vivienda, pensión, viudedad). CDT: Sí, puedes retirar antes del vencimiento, pero generalmente perderás rendimiento o pagarás descuento. Mejor estrategia: CDT cortos (30-90 días) si necesitas acceso frecuente, o largos (2-5 años) para bloquear tasa alta.